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BONIFICACIONES EN LA CUOTA EN SUCESIONES Y DONACIONES (modificaciones y rebajas en negrita)

PARENTESCOBONIFICACIÓNREQUISITOS
Ascendientes, descendientes, cónyuge y pareja de hecho que cumpla requisitos CAM99%Escritura notarial. Cuando sean dinerarias justificación de los fondos donados manifestado en la escritura. No será precisa la escritura notarial en donaciones que no sean superiores a 10.000 euros y no requieran el otorgamiento de documento público.
Hermanos y sobrinos por consanguinidad y afinidad. Ascendientes y descendientes por afinidad.50% (antes 25%)                Escritura notarial. Cuando sean dinerarias justificación de los fondos donados manifestado en la escritura. No será precisa la escritura notarial en donaciones que no sean superiores a 10.000 euros y no requieran el otorgamiento de documento público.
Donaciones entre particulares sin vinculo de parentesco100% (antes no existía)Cuantía menor o igual a 1.000€ (computo de cuantía en tres años). No hay obligación de presentar autoliquidación a no ser que deba inscribirse.

REDUCCIONES EN LA BASE IMPONIBLE EN DONACIONES EN METÁLICO QUE SE DESTINEN A LA ADQUISICIÓN DE UNA VIVIENDA HABITUAL, ACCIONES O PARTICIPACIONES EN ENTIDADES DE NUEVA CREACIÓN O DESTINADAS A BIENES Y SERVICIOS AFECTOS AL DESARROLLO DE EMPRESA O NEGOCIO DEL DONATARIO (modificaciones y rebajasen negrita)

PARENTESCOREDUCCIÓNREQUISITOS
Ascendientes, descendientes, cónyuge, pareja de hecho que cumpla requisitos CAM y hermanos.Reducción del 100%, con el límite máximo de 250.000€ (periodo de cómputo 3 años). Si la donación es por más importe, se reduce solo la cantidad máxima.En metálico. Escritura notarial en la que se manifieste el destino del dinero. Dedicarse a las finalidades señaladas, en el plazo de 1 año. No será precisa la escritura notarial en donaciones que no sean superiores a 10.000 euros (periodo de cómputo de cuantía 3 años).  

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